Un tribunal Español sentó un importante precedente al condenar a 4 jóvenes por insultar y acosar a través de WhatsApp.
SerDigital > @SerDigitalCL > 04.04.13
El auge de las aplicaciones de mensajería a través de teléfonos móviles, tales como WhatsApp, Line o WeChat, ha traído incalculables beneficios para los usuarios. Desde el simple entretenimiento o contacto con amigos hasta facilitar el trabajo y estudio se pueden nombrar como algunas de las ventajas que ofrece esta herramienta.
Sin embargo, como todo elemento de la Era Digital, también tiene su lado negativo. El que está íntimamente ligado al uso que cada persona le entregue. Conductas que se veían en las redes sociales más populares, ciberbullying o grooming por mencionar algunas, han trascendido a los sistemas de mensajería instantánea gratuita.
A modo de ejemplo: En la nota de ayer te contábamos acerca del caso del video con contenido sexual de una pareja de universitarios. Según consigna la prensa, antes de circular por las redes sociales, este material obtenido sin el consentimiento de los afectados, fue enviado a otros estudiantes vía WhatsApp.
En ese sentido, un importante precedente se sentó en España respecto al acoso a través de aplicaciones de mensajería: un tribunal decidió condenar a 4 jóvenes por injuriar y acosar a una amiga por WhatsApp y Tuenti.
Algunas frases enviadas por las chicas fueron: «Yo solita me valgo para arrancarle asta el último pelo (sic)», «T busko asta por ond no estes (sic)» o «4 tías son capaces de dejar calva a una». La afectada presentó los mensajes como prueba del acoso vivido.
Las cuatro jóvenes fueron condenadas a pagar una multa de 100 euros cada una por faltas de vejaciones, injurias y amenazas continuadas. Además, se les prohibió comunicarse «por cualquier medio conocido» con la víctima durante seis meses.
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